El Instituto Tecnológico Superior de Xalapa con fundamento en lo establecido por los artículos 10 base educativa X de la Constitución Política del Estado de Veracruz, 22 fracciones XXV y XXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz; 3, 4 y 18 del Decreto de Creación del Instituto Tecnológico Superior de Xalapa; 3, 11, 15 y 16 del Estatuto Interior del Instituto Tecnológico Superior de Xalapa; 1, 2, 4, 5 punto b), 7, 8, 12 fracción ll, 16, 19 al 29 de los Lineamientos que Establecen los Requisitos y Condiciones que debe reunir el Personal Académico que Imparte Planes y Programas de Estudio en los Institutos Tecnológicos Descentralizados;
CONVOCA
Al personal docente del Instituto Tecnológico Superior de Xalapa y externos interesados en ocupar Plazas de Profesor de Carrera Titular "A" de tiempo completo, acorde a los siguientes perfiles requeridos, dadas las necesidades académicas de la Institución:
Programa Educativo
Perfil Docente Académico Profesional
Número de Plazas
Ingeniería Civil
Ingeniería Civil, con alguna de las siguientes maestrías:
Maestría en Hidráulica
Maestría en Estructuras
Maestría en Construcción
Maestría en Vías Terrestres
Maestría en Administración de la Construcción
Doctorado o candidato a Doctor (a) en Ingeniería Civil
1
De acuerdo con las siguientes:
BASES
Ser profesor de Asignatura con categoría A o B, preferentemente, docentes con 40 horas; y para los externos deberán acreditar que han laborado 9 años continuos en instituciones de educación superior.
Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 16 de los Lineamientos que Establecen los Requisitos y Condiciones que debe reunir el personal académico que imparte planes y programas de estudio en los Institutos Tecnológicos Descentralizados.
I. ÓRGANOS RESPONSABLES
Los órganos responsables de la conducción del presente proceso será la COMISIÓN DICTAMINADORA y el JURADO CALIFICADOR (órgano auxiliar) integrados en apego a lo establecido en el Título Tercero de los Lineamientos que Establecen los Requisitos y Condiciones que debe reunir el personal académico que imparte planes y programas de estudio en los Institutos Tecnológicos Descentralizados.
La Comisión Dictaminadora:
Será integrada a convocatoria de la autoridad escolar del plantel educativo.
La función de la Comisión será la de instrumentar, valorar y dictaminar el perfil académico del personal que podrá resultar aprobado para impartir los planes y programas de estudios vigentes.
Estará integrada por
- Un presidente, que será el responsable académico del plantel;
- Un jefe de división de programa educativo, designado por el presidente de la Comisión;
- El jefe del departamento de desarrollo académico;
- Dos presidentes de academia electos entre los presidentes de academia del plantel y convocados por el responsable académico, siempre y cuando no se hayan inscrito en el proceso del concurso de oposición; y
- Un secretario, que será designado por el presidente de la comisión, de los integrantes de la misma;
Jurado Calificador (Órgano auxiliar):
Colabora con la comisión dictaminadora en la elaboración, aplicación y calificación, en su caso, de los exámenes de oposición que se apliquen al personal académico y deberá estar integrado por:
- Tres docentes, y un representante del Departamento de Desarrollo Académico, quien evaluará los aspectos didácticos-pedagógicos.
- Los integrantes del jurado calificador, deberán ser los docentes mejor calificados, en el área de conocimiento de qué se trate y seleccionados por insaculación, por la academia respectiva.
- El jurado calificador del área de conocimiento será disuelto al término de la finalidad para la cual se integró.
I. TRÁMITE
Para los efectos de los concursos de oposición se observará el procedimiento siguiente:
El Presidente de la Comisión Dictaminadora emitirá la convocatoria respectiva para el personal académico requerido;
Los aspirantes deberán presentar ante la Dirección Académica una solicitud de ingreso, en escrito libre, acompañada del currículum vitae, debiendo adjuntar dos copias de los documentos que certifiquen los requisitos académicos establecidos en la convocatoria y de acuerdo con la categoría académica a concursar;
La Dirección Académica, analizará si la documentación presentada por los interesados en participar en el examen de oposición, se apegó a lo establecido en la presente convocatoria y si corresponde a los requisitos de participación y al perfil convocado; para el caso que no lo sea, mediante informe respectivo de tal dependencia, la Comisión Dictaminadora determinará la participación o no del aspirante y declarará, en su caso, como invalidada su participación no obstando la etapa en la que se encuentre el proceso, quedando sin efecto, es decir, como si no hubiese participado en el proceso. Asimismo, se invalidará la participación del o los aspirantes que en general, no cumpla(n) con los términos de la presente convocatoria, con el mismo efecto, esto es, como si no hubiera(n) participado.
El Secretario de la Comisión Dictaminadora comunicará por escrito a los aspirantes, el lugar y fecha en que se llevará a cabo el examen de conformidad con la convocatoria.
La Comisión dictaminadora deberá entregar por escrito a la autoridad escolar los resultados del concurso de oposición, dentro de los diez días hábiles siguientes a la celebración del mismo, para su conocimiento de conformidad con la convocatoria.
La autoridad escolar notificará a los participantes, por escrito el resultado del concurso. A falta del dictamen favorable o ausencia de candidatos inscritos, el concurso será declarado desierto y la autoridad escolar podrá designar a quien imparta el plan y programa de estudios, de manera interina hasta por un semestre escolar, dentro del cual deberá convocarse a concurso para que éste concluya previamente al inicio del semestre siguiente.
Los concursantes cuyo dictamen resulte favorable deberán permanecer en su nueva categoría por lo menos dos semestres, y de no ser así, deberá existir un motivo justificado a juicio de la autoridad competente, pues de lo contrario le será retirada dicha categoría.
III. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
El o la interesado o interesada deberá cumplir con lo siguiente:
De conformidad con el artículo 59 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas deberá presentar constancia de no inhabilitación expedida por la Contraloría General del estado de Veracruz.
NO haber sido sancionado, en un periodo de 2 años, por procedimiento administrativo de responsabilidad interno. (La constancia de dicho requisito, será expedida por el Departamento de Personal de esta casa de estudios);
Cumplir con lo establecido en el artículo 16 de los Lineamientos que Establecen los Requisitos y Condiciones que debe reunir el Personal Académico que Imparte planes y programas de estudio en los institutos tecnológicos descentralizados a saber.
Tener nueve años de experiencia profesional, habiendo desempeñado cargos relacionados con su profesión, y contar con dos años de experiencia docente a nivel superior, habiendo aprobado o acreditado la participación en cursos de formación y actualización docente; o
Tener dos años de haber obtenido el grado de maestría, y la cédula profesional respectiva, expedido por una institución de educación superior pública, o con reconocimiento de validez oficial de estudios otorgado por la autoridad educativa competente; o
Haber impartido cátedra a nivel superior o de posgrado, contando con publicaciones técnico científicas y habiendo realizado investigaciones, haber realizado por lo menos tres de las siguientes actividades: elaboración de apuntes, de prototipos, manual de prácticas, impartición de cursos al personal del mismo subsistema o de otro subsistema incorporado al modelo de educación superior, cursos al sector productivo, asesoramiento de tesis, residencia profesional, haber dictado conferencias, haber participado como ponente en simposio, mesas redondas, seminarios, congresos o convenciones con documentos que acrediten la misma;
Presentar Plan de Trabajo por escrito, en términos de lo mencionado por el Manual de Lineamientos Académico Administrativo del Tecnológico Nacional de México y por los Lineamientos que Establecen los Requisitos y Condiciones que debe reunir el Personal Académico que imparte Planes y Programas de Estudio en los InstitutosTecnológicos Descentralizados; y
Aprobar el examen y resultar seleccionado en el concurso de oposición respectivo.
Tener nivel intermedio del idioma inglés.
Todos los documentos que sustenten el cumplimiento de los requisitos de participación antes mencionados deberán ser presentados en original para su cotejo ante la Dirección Académica y una vez que hayan sido validados, ser enviados en formato electrónico. Dicha documentación y las evidencias del desempeño para el concurso de oposición deberá integrarlas el aspirante en formato digital, en una carpeta identificada con su nombre.
IV. DESARROLLO DEL PROCESO
Debido a lo anterior:
I. ACREDITACIÓN DEL PERFIL ACADÉMICO CONVOCADO Y DOCUMENTACIÓN
El periodo de recepción de solicitudes de participación y la documentación señalada en "requisitos de participación" será en días hábiles del 06 de julio al 15 julio del año en curso, en un horario de 09:00 a 16:00 horas.
Los interesados deberán presentar las solicitudes y los requisitos de participación ante la Dirección Académica.
Corresponde a la Dirección Académica, asegurarse y validar que la documentación entregada corresponde a la del perfil académico convocado y cumple con los requisitos de participación; hecho lo anterior, el interesado será considerado ASPIRANTE para los fines de esta convocatoria.
Una vez presentada las documentos mencionados en los puntos 1 y 2 que anteceden, el aspirante deberá enviar correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected], agregando, en formato digital, todos los documentos que sustenten el cumplimiento de los requisitos de participación antes mencionados, en una carpeta identificada con su nombre;
Si el Director Académico convocante advierte el incumplimiento del perfil académico convocado, éste deberá informarlo a la Comisión Dictaminadora.
Si el caso fuese con motivo de la no acreditación de los requisitos de participación, el interesado deberá presentarse personal e inmediatamente dentro de la vigencia del periodo de recepción de la documentación, al Departamento de Personal para que se le oriente sobre lo procedente;
Una vez presentados, enviados en formato digital los "requisitos de participación" y acusados de recibo por la autoridad convocante, el aspirante deberá presentarse DOS días hábiles anteriores a la fecha de su concurso de oposición para concluir y formalizar el proceso de recepción y VALIDACIÓN, tal como lo marca la presente convocatoria;
En caso de que el interesado en participar en esta convocatoria presente algún inconveniente en cuanto a los días u horario para entregar documentos a la autoridad convocante deberá establecer comunicación con la Dirección Académica para que se le oriente y atienda en sus inquietudes o dudas.
V. PROCEDIMIENTO
Los criterios de evaluación académica que deberá tomar en cuenta el Jurado Calificador (artículo 28 Lineamientos que Establecen los Requisitos y Condiciones que debe Reunir el Personal Académico que Imparte Planes y Programas de Estudio en los Institutos Tecnológicos Descentralizados (LERyCRPAlPyPElTD)) son los siguientes:
El resultado de la evaluación del área de conocimiento (con base a los temas que sean asignados por la Comisión Dictaminadora).
El resultado del dominio didáctico-pedagógico en la presentación (con base en el instrumento de evaluación emitido por el jurado calificador).
De los criterios que deberá tomar en cuenta la Comisión para formular sus dictámenes (Artículo 29 LERyCRPAlPyPElTD), serán:
La formación académica y los grados obtenidos por el aspirante;
La experiencia académica;
La experiencia profesional;
Los resultados de los exámenes a que se refieren estos Lineamientos.
El periodo de evaluación de la Comisión Dictaminadora y el jurado calificador será del 25 julio al 12 de agosto del 2022.
La entrega de resultados de la Comisión Dictaminadora a la Dirección General del Instituto será el 15 de agosto del 2022.
Los resultados de la presente convocatoria serán publicados por la Dirección General del Instituto Tecnológico Superior de Xalapa.
En caso del resultado no sea favorable el o la solicitante, conservará su misma categoría y nivel.
Los asuntos no previstos en la presente convocatoria serán analizados y resueltos por la Comisión Dictaminadora.
VI. GENERALES
Confidencialidad: Los exámenes de oposición y sus reactivos es información pública protegida, intransferible e indelegable, por lo que queda prohibido su acceso, distribución, comercialización, publicación y difusión generales de forma permanente, sin previa autorización del Instituto Tecnológico Superior de Xalapa, con excepción de las autoridades competentes que tengan acceso a ella y los particulares titulares de dicha información. Los datos personales recabados serán tratados de conformidad con los principios y deberes señalados en la normatividad en la materia, con estricto secreto, por lo que está prohibido, sustraer, copiar o permitir que se sustraiga o copie cualquier información, con excepción de los servidores públicos autorizados.
IMPORTANTE: La presente Convocatoria constituye un concurso que será solventado con recursos públicos, por lo que queda sujeta a la disponibilidad presupuestal, a la atención de prioridades del Plan Estatal de Desarrollo del Gobierno del Estado de Veracruz y a procedimientos derivados de los Lineamientos que establecen los Requisitos y Condiciones que debe reunir el Personal Académico que Imparte Planes y Programas de estudio en los Institutos Tecnológicos Descentralizados; se emite en la ciudad de Xalapa, Veracruz, el 30 de junio del año 2022.
Nota: Derivado de las acciones que se han implementado en el Instituto Tecnológico Superior de Xalapa, motivadas por la emergencia sanitaria por el Coronavirus Sars-COV-2 (COVID-19), en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales y que podrían continuar en el transcurso del desarrollo de los actos que arroja la presente convocatoria, esta podrá modificarse en aquellos términos académicos que se requieran para enfrentar las situaciones derivadas de dicha pandemia. Su modificación deberá provenir exclusivamente de la Dirección Académica, previo acuerdo con la Comisión Dictaminadora y será a través de un comunicado que pasará a formar parte de la convocatoria misma.
MTRO. WALTER LUIS SÁIZ GONZÁLEZDIRECTOR GENERAL
MTRA. CELIA GABRIELA SIERRA CARMONADIRECCIÓN ACADÉMICA